Para otorgar esta mención se tiene que haber evitado la comisión de delitos en relación con el objeto de su protección.
Actuaciones humanitarias con motivo de accidentes, siniestros o catástrofes, que superen el estricto cumplimiento de sus deberes.
Cualquier otra actuación que, a juicio de las unidades de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, sea acreedora de esta mención honorífica.
Pasadores regulados en Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada en su artículo 36.
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